El Programa de exención de visado (VWP) permite que los ciudadanos de determinados países viajen a Estados Unidos tanto si es su destino final como en tránsito a un tercer país, sin necesidad de obtener un visado previamente.
A continuación se relacionan los países sujetos actualmente a este programa:
| Andorra |
Dinamarca |
Irlanda |
Mónaco |
San Marino |
Suiza |
| Australia |
Finlandia |
Italia |
Países Bajos |
Singapur |
Reino Unido |
| Austria |
Francia |
Japón |
Nueva Zelanda |
Eslovenia |
|
| Bélgica |
Alemania |
Liechtenstein |
Noruega |
España |
|
| Brunéi |
Islandia |
Luxemburgo |
Portugal |
Suecia |
|
Los ciudadanos de estos países deben tener un pasaporte de lectura mecánica para acogerse al Programa de exención de visado. Para entrar en los Estados Unidos con un pasaporte que no sea de lectura mecánica hace falta un visado de los Estados Unidos. La solicitud del visado para entrar en Estados Unidos debe hacerse en el consulado o la embajada de Estados Unidos en el país correspondiente mucho antes de las fechas del viaje.
Si el pasaporte fue emitido antes del 25 de octubre de 2005 deberá ser de lectura mecánica pero no precisa fotografía digitalizada. Si el pasaporte fue emitido entre el 26 de octubre de 2005 y el 25 de octubre de 2006, debe también contener una fotografía digital impresa en la página de datos o que disponga de un chip integrado con la información de la página de datos. Si el pasaporte ha sido emitido o renovado / ampliado después del 26 de octubre de 2006 (inclusive) debe tener un chip integrado con la información de la página de datos (pasaporte electrónico).
Es importante tener en cuenta que las familias que solicitan su entrada en virtud del Programa de exención de visado, tendrán que disponer de pasaportes para cada uno de los viajeros, incluidos los niños, bebés y menores de edad.
Los viajeros que entren Estados Unidos acogidos al Programa de exención de visado pueden quedarse en el país 90 días o menos, en calidad de visitantes temporales de negocios o placer.
Si el viaje comienza el 12 de enero de 2009 o después de esta fecha, el pasajero deberá recibir una autorización electrónica de viaje (ESTA) de las autoridades aduaneras de Estados Unidos antes de comenzar su viaje.
Para más información sobre el programa de exención de visado visite www.travel.state.gov/visa/tempvisitors_novisa_waiver.html.
Para más detalles sobre los requisitos de entrada a Estados Unidos visite www.dhs.gov/us-visit .
Compruebe que posee toda la documentación necesaria para el viaje; es su responsabilidad..